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     ¿CUANDO SE REQUIERE UNA UVIE?
De acuerdo con la ley del servicio Publico de Energía Eléctrica, se requiere la certificación de una UVIE:
a) Cuando se contrata un servicio de alta tensión, esto es cuando un usuario tiene una sub- estación eléctrica propia.
b) Cuando el servicio es para un lugar de concentración publica .
El acuerdo de fecha 28 de Noviembre de 2011 que determina los lugares de concentración publica para verificación de instalaciones eléctricas según la secretaria de Energía.
1.- Independientemente de la carga instalada, los siguientes:
• Albercas publicas y balnearios.
• Albergues.
• Arenas de Box y Lucha.
• Asilos.
• Auditorios.
• Baños públicos.
• Bares y cantinas.
• Bibliotecas publicas.
• Boliches y billares.
• Cajas de ahorro y casas de empeño.
• Carceles y reclusorios.
• Carpas y circos.
• Centros y plazas comerciales en sus áreas comunes.
• Centros de convenciones y conferencias.
• Centros deportivos.
• Centros nocturnos y cabaret.
• Cines.
• Cortijos.
• Cuarteles.
• Condominios horizontales o edificios habitacionales de mas de tres niveles, exclusivamente en las instalaciones de los servicios comunes y alimentación general.
• Edificios para oficinas o consultorios de mas de tres niveles.
• Escuelas y demás centros docentes.
• Estadios.
• Funerarias .
• Gimnasios .
• Guarderías y estancias infantiles.
• Hospitales, clínicas y sanatorios .
• Hoteles y moteles.
• Lavado y engrasado de vehículos automotrices.
• Lienzos charros.
• Museos.
• Pistas de patinaje sobre hielo.
• Salas de Apuestas y Casinos.
• Salas de exhibición y ventas.
• Salas para fiesta.
• Salones de baile y discotecas.
• Taller mecánico.
• Teatros y cines.
• Templos religiosos.
2.- Cuando la carga instalada es mayor a 10 kilowatts, los siguientes:
• Bancos, instituciones financieras.
• Edificios para oficinas publicas .
• Estéticas, peluquerías y salones de belleza.
• Ferias y centros de exposiciones .
• Galerías o salas de exposiciones.
• Juegos mecánicos .
• Laboratorios.
• Lavanderías y tintorerías.
• Mercados.
• Parques de diversiones .
• Plazas taurinas .
• Restaurantes, cafeterías y comedores.
• Salas de videojuegos.
• Talleres de costura.
• Tienda de conveniencia.
• Terminales para pasajeros (aéreas, terrestres, marítimas) .
• Tortillerías y molinos de nixtamal.
3.- Cuando la carga instalada es mayor a 20 kilo-watts
• Comercios e industrias de cualquier tipo.
4.- Lugares con suministros de mas de 1000 volts entre conductores, o mas de 600 volts con respecto a tierra.
El usuario que se encuentre en cualquiera de los casos señalados deberá solicitar por escrito los servicios a esta UVIE en la dirección señalada.
 
    
    
    
   